
Videoconferencia de Zoom sobre cumplimiento normativo para la incorporación de clientes
Procedimiento
Le rogamos que programe y complete el cuestionario antes de proceder a reservar su reunión.
Esta videoconferencia inicial de cumplimiento normativo está reservada estrictamente a la comunicación entre el cliente en proceso de incorporación e IFB. La participación se limita al cliente en proceso de incorporación y a sus representantes debidamente autorizados.
La videoconferencia de cumplimiento normativo con IFB tiene lugar una vez presentada la documentación preliminar de KYC y antes de la aprobación de la cuenta o de la incorporación del cliente. Constituye un paso intermedio obligatorio en el proceso de KYC y permite a los oficiales de cumplimiento normativo del Banco:
- Verificar la identidad del posible cliente mediante interacción en directo
- Aclarar la estructura y la finalidad de la relación propuesta
- Evaluar la legitimidad y el origen de los fondos
- Resolver las cuestiones pendientes de cumplimiento normativo o las incoherencias documentales
- Determinar la clasificación de riesgo y los posibles requisitos de diligencia debida reforzada
No se permite la activación de la cuenta ni el procesamiento de operaciones antes de que se haya celebrado esta videoconferencia y el equipo de cumplimiento normativo haya emitido la autorización formal.
Descargo de responsabilidad sobre grabaciones regulatorias
Para evitar cualquier duda, IFB notifica por la presente a todos los participantes que todas las videoconferencias de Zoom organizadas, alojadas o a las que asista IFB se graban, total o parcialmente, con fines regulatorios, legales, de cumplimiento normativo, de supervisión, de auditoría, de gestión de riesgos y probatorios. Al acceder, unirse o participar de cualquier otro modo en dichas videoconferencias, cada participante reconoce, acepta y consiente de forma expresa e irrevocable la grabación audiovisual, el tratamiento, la conservación, el almacenamiento, la revisión y, cuando proceda, la comunicación de dichas grabaciones a las autoridades supervisoras, regulatorias, judiciales o a otras autoridades legalmente facultadas, de conformidad con las leyes, los reglamentos y los marcos de gobernanza interna aplicables.
Cuando un participante no consienta dicha grabación, dicho participante no está autorizado a asistir, acceder ni participar de ningún otro modo en la videoconferencia y deberá desconectarse de inmediato.
